Redacción

El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó una reforma que faculta la imposición de sanciones administrativas directas a superiores jerárquicos, autoridades y tutores que incurran en negligencia u omisión al no tramitar quejas por acoso u hostigamiento sexual presentadas por estudiantes en servicio social o prácticas profesionales.

La reforma a la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, impulsada por la diputada Irma Pineda Santiago del Partido del Trabajo (PT), atiende un vacío normativo.

Anteriormente, los protocolos de las universidades se limitaban al espacio físico o virtual de la institución, mientras que los centros de trabajo no reconocían a las pasantes como empleadas formales. Esta situación dejaba a las jóvenes desprotegidas frente a actos de discriminación, acoso o hostigamiento sexual en sus lugares de práctica.

Con la modificación al artículo 14, la Ley ahora equipara la violencia en el ámbito escolar con aquella ejercida por autoridades, personal administrativo o tutores en los centros donde se desarrolle el servicio social.

El nuevo marco legal establece medidas estrictas para asegurar que las denuncias no deriven en mayores afectaciones para las víctimas: el Estado y los municipios deberán implementar convenios de atención e investigación tanto en el sector público como en el privado.

Además se prohíbe divulgar el nombre o datos personales de las víctimas para evitar la revictimización, el “boletinaje” o presiones para que abandonen sus estudios. Este decreto armoniza la legislación oaxaqueña con estándares internacionales y tratados como la Convención de Belém do Pará y la CEDAW.

Según datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) del Inegi, en Oaxaca el 33.6 por ciento de las mujeres de 15 años en adelante ha sufrido violencia en el entorno escolar a lo largo de su vida.