Por Paola Flores

En una decisión unánime, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la sentencia que había absuelto y otorgado la libertad a Jhoan Ricardo Matus Marcial, ex asesor jurídico del municipio de Asunción Nochixtlán, Oaxaca. Matus Marcial es señalado como el presunto autor intelectual de la desaparición forzada de la activista Claudia Uruchurtu Cruz, ocurrida el 27 de marzo de 2021.

Un proceso judicial viciado

El caso Uruchurtu ha estado marcado por una serie de vaivenes legales que han generado indignación. Tras la desaparición de la activista —quien había denunciado desvíos de recursos de la entonces alcaldesa Lizbeth Victoria Huerta—, las autoridades detuvieron a la edil, a su escolta Antonio Hernández, autor material de la desaparición y del asesinato posterior, y también a Nelci Yanet Vázquez y Rolando Aquino, cómplices de Antonio Hernández.

Más tarde cayó Matus, pareja sentimental de Lizbeth, quien fue condenado por la autoría intelectual de la desaparición.

En 2022 la acusación contra la exalcaldesa Huerta fue reclasificada de desaparición forzada a obstrucción de la justicia, lo que le permitió recuperar su libertad tras cumplir cuatro años de cárcel.

Mientras que Matus fue condenado inicialmente a una pena de entre 50 y 60 años de prisión, pero en agosto de 2025 un tribunal colegiado anuló su condena y ordenó su libertad, argumentando que las pruebas eran insuficientes y cuestionando la validez de los testimonios circunstanciales. 

La SCJN da revés

Ante la liberación de Ricardo Matus, la hermana de la víctima, Sara Uruchurtu, promovió un amparo que llegó ante el máximo tribunal. Este lunes, bajo el proyecto del ministro Arístides Guerrero García, la Corte determinó que el tribunal colegiado omitió analizar la gravedad y complejidad del delito, así como el carácter de defensora de derechos humanos de la víctima.

La decisión del pleno establece parámetros obligatorios para juzgar casos de desaparición forzada en el país. Las principales implicaciones de esta resolución incluyen:

• Perspectiva de Género e Interseccionalidad Obligatoria: La Corte determinó que las autoridades judiciales tienen la obligación reforzada de aplicar un enfoque diferencial cuando la víctima sea una mujer defensora de derechos humanos. Esto reconoce que las activistas enfrentan riesgos agravados no solo por su labor, sino por su género.

• Valoración de la Prueba Circunstancial: El Máximo Tribunal criticó que el tribunal colegiado anterior desestimara pruebas basándose en formalismos. Debido a la naturaleza clandestina de la desaparición forzada, la Corte subrayó que la prueba circunstancial y los testimonios indirectos son fundamentales para vincular a los responsables con el delito.

• Análisis de Contexto: Los juzgadores ahora están obligados a realizar un escrutinio judicial especializado que considere el entorno de violencia estructural, el perfil de la víctima y los posibles móviles políticos o sociales vinculados a su labor de denuncia.

El ministro Giovanni Figueroa Mejía destacó que la relevancia de este fallo es asegurar que el uso del aparato de poder para desaparecer personas sea sancionado bajo un estándar de justicia material y no de un “mero formalismo procesal que perpetúe el olvido”. Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel enfatizó que la desaparición forzada erosiona la confianza institucional y coloca a las familias en una incertidumbre permanente.

El camino que sigue

Con esta resolución, el asunto regresa al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y de Trabajo del Decimotercer Circuito, el cual deberá emitir una nueva decisión apegada a los estándares fijados por la SCJN.

Para la familia Uruchurtu Cruz, este fallo representa un paso crucial hacia la verdad y la reparación integral. Sin embargo, han dejado claro que su lucha no terminará hasta localizar el paradero de Claudia, quien a casi cinco años de su desaparición, sigue sin ser encontrada.