Redacción

Durante la jornada de consulta previa sobre la Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos, organizada por el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas (INPI) en Tlalixtac de Cabrera, la Libertad Religiosa fue un tema crucial, ignorado por la agenda oficial.

El domingo 13 de septiembre de 2026, defensores de derechos humanos denunciaron que el esquema de asambleas esquiva abordar de fondo la intolerancia y el desplazamiento forzado por motivos de fe en Oaxaca.

El abogado Porfirio Flores, defensor de la iglesia perseguida en Oaxaca, criticó severamente la metodología empleada por el INPI, calificándola como un procedimiento complejo y limitado que no permite un debate sustantivo. De acuerdo con el activista, la dinámica de las mesas dificulta que los participantes expongan propuestas particulares sobre problemáticas delicadas que aquejan a poblaciones originarias históricamente abandonadas.

En ese sentido, advirtió que la discusión de la ley reglamentaria del artículo 2º constitucional no puede omitir el derecho a la libertad religiosa ni desatender las demandas de quienes sufren persecución en sus comunidades.

Flores presentó un oficio formal para exigir que se armonicen los sistemas normativos internos con el artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual consagra la libertad de culto. La propuesta solicita puntualmente que los cargos comunitarios vinculados a la Iglesia Católica sean asumidos únicamente por fieles de dicha fe, eximiendo a los ciudadanos evangélicos de realizar deberes religiosos ajenos a sus convicciones.

Aclaró que la solicitud no pretende eximir a la población evangélica de las responsabilidades ni de las tareas comunitarias, sino desvincular el cumplimiento ciudadano de la imposición de cultos religiosos.

La ausencia de esta distinción legal ha detonado violaciones sistemáticas a los derechos humanos, donde indígenas que se niegan a practicar la religión católica sufren encarcelamientos, despojo de bienes y expulsiones comunitarias bajo la lógica de tratar la disidencia religiosa como un delito. Esta problemática ha generado episodios de desplazamiento forzado por motivos religiosos en Oaxaca, una vulneración abierta a las garantías individuales.

A pesar de la vasta diversidad étnica del estado —integrada por pueblos como el zapoteco, mixteco, mixe, triqui, chatino y afromexicano, entre otros— y del firme asentamiento del evangelicalismo tras siglos de dominación católica, la iniciativa de ley aún no reconoce formalmente la pluralidad religiosa existente.

El abogado recordó la contradicción histórica de que este tipo de persecuciones persistan en la tierra natal de Benito Juárez, el presidente zapoteco que promulgó la Libertad de Cultos en las Leyes de Reforma. Por ello, demandó que la nueva legislación garantice de forma explícita la Libertad de Conciencia para impedir que los indígenas sigan siendo agredidos, sancionados o desplazados de sus tierras por ejercer su fe.